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Bioinsumos y biopreparados autorizados en México

Bioinsumos y biopreparados autorizados en México

México

En México, la producción orgánica se rige por la Ley de Productos Orgánicos (2006) y por los Lineamientos para la Operación Orgánica de las actividades agropecuarias (2013). Su Anexo 1, modificado en 2023, establece la lista nacional de sustancias permitidas: incluye, entre otras, el caldo bordelés y el sulfato de cobre (como máximo 28 kg de cobre por hectárea en 7 años), el polisulfuro de calcio (caldo sulfocálcico), el azufre, la cal y los jabones de ácidos grasos. Las recetas siguientes utilizan sustancias de esta lista; en una explotación certificada, su uso debe figurar en el plan orgánico y ser validado por el organismo de certificación.

Textos oficiales

Fuentes oficiales comprobadas automáticamente el 20/10/2026.

Recetas autorizadas (4)

🍃 Vegetal

🐄 Ganadería

Ingredientes admitidos (3)

Información documental, actualizada en cada verificación. No sustituye a un asesoramiento jurídico ni a la autorización de su organismo de certificación. Consultar la normativa · Sustancias autorizadas en Europa

Otros países

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